Beca MEC 2026-2027: umbrales de renta, cuantías y requisitos oficiales
Guía completa de la Beca MEC 2026: umbrales de renta actualizados, cuantías por componente, cómo solicitarla paso a paso, cuándo ingresan y qué hacer si te la deniegan. Para universitarios, FP y Bachillerato.
Beca MEC 2026-2027: guía completa con datos oficiales del BOE
La normativa que regula la Beca MEC para el curso 2026-2027 es el Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo (BOE-A-2026-5713, BOE núm. 63, de 12 de marzo de 2026). Establece los umbrales de renta y patrimonio familiar, así como las cuantías de todas las becas y ayudas al estudio del sistema educativo español para el próximo curso.
Cuantías fijas 2026-2027
Para enseñanzas postobligatorias (universitarias y no universitarias), las cuantías fijas son:
| Componente | Importe |
|---|---|
| Cuantía fija ligada a la renta | 1.700 € |
| Cuantía fija ligada a la residencia | 2.700 € |
| Beca básica (no universitarios) | 300 € (350 € en Grado Básico) |
| Cuantía variable (mínimo) | 60 € |
Cuantía por excelencia académica
| Nota media | Importe |
|---|---|
| 8,00 – 8,49 | 50 € |
| 8,50 – 8,99 | 75 € |
| 9,00 – 9,49 | 100 € |
| 9,50 o más | 125 € |
Beca de matrícula
Cubre el precio público oficial de los créditos en que te matricules por primera vez en el curso 2026-2027, tanto en enseñanzas universitarias como en Enseñanzas Artísticas superiores.
Novedad 2026-2027: matrícula parcial (48-59 créditos)
Los estudiantes universitarios y de Enseñanzas Artísticas superiores que cursen matrícula parcial presencial de entre 48 y 59 créditos podrán obtener, además de la beca de matrícula y la cuantía variable mínima:
- 350 € de cuantía fija ligada a la renta
- 350 € de cuantía fija ligada a la residencia
Umbrales de renta familiar 2026-2027 (Artículo 8, RD 179/2026)
La renta computable se calcula sobre el ejercicio fiscal 2025 (IRPF 2025).
Convocatoria general (enseñanzas postobligatorias)
| N.º miembros | Umbral 1 inferior | Umbral 1 superior | Umbral 2 | Umbral 3 inferior | Umbral 3 superior |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | 8.843 € | 9.315 € | 13.898 € | 14.818 € | 15.567 € |
| 2 | 13.264 € | 13.971 € | 23.724 € | 25.293 € | 26.573 € |
| 3 | 17.685 € | 18.629 € | 32.201 € | 34.332 € | 36.070 € |
| 4 | 22.107 € | 23.286 € | 38.242 € | 40.773 € | 42.836 € |
| 5 | 25.644 € | 27.012 € | 42.743 € | 45.572 € | 47.878 € |
| 6 | 29.181 € | 30.738 € | 46.142 € | 49.196 € | 51.685 € |
| 7 | 32.718 € | 34.463 € | 49.503 € | 52.780 € | 55.451 € |
| 8 | 36.255 € | 38.190 € | 52.850 € | 56.348 € | 59.199 € |
| Cada miembro adicional al 8.º | +3.536 € | +3.725 € | +3.340 € | +3.561 € | +3.740 € |
Los umbrales en forma de intervalo se fijan finalmente en cada convocatoria. El Ministerio financia las becas sujetas al extremo inferior; las del interior del intervalo se cofinancian al 50% con la comunidad autónoma correspondiente.
Convocatoria NEAE (alumnado con necesidad específica de apoyo educativo)
| N.º miembros | Umbral 1 |
|---|---|
| 1 | 12.534 € |
| 2 | 20.416 € |
| 3 | 26.811 € |
| 4 | 31.801 € |
| 5 | 36.089 € |
| 6 | 40.229 € |
| 7 | 44.143 € |
| 8 | 48.031 € |
| Cada miembro adicional al 8.º | +3.856 € |
Qué becas se obtienen según el umbral
Enseñanzas universitarias y Artísticas superiores (matrícula completa)
| Umbral de renta | Componentes a los que da derecho |
|---|---|
| Umbral 1 (renta más baja) | Cuantía fija renta + cuantía fija residencia + excelencia + variable + beca matrícula |
| Umbral 2 | Cuantía fija residencia + excelencia + variable + beca matrícula |
| Umbral 3 | Excelencia académica + beca matrícula |
Enseñanzas no universitarias postobligatorias (presencial, matrícula completa)
| Umbral de renta | Componentes a los que da derecho |
|---|---|
| Umbral 1 | Cuantía fija renta + residencia + excelencia + variable |
| Umbral 2 | Cuantía fija residencia + beca básica + excelencia + variable |
| Umbral 3 | Beca básica + excelencia académica |
Umbrales de patrimonio familiar 2026-2027 (Artículo 11, RD 179/2026)
Novedad clave: subida del 10% en los umbrales de patrimonio respecto al curso anterior.
| Elemento patrimonial | Límite 2026-2027 | Límite anterior (2025-2026) |
|---|---|---|
| Fincas urbanas (excl. vivienda habitual) | 47.200 € | 42.900 € |
| Construcciones en fincas rústicas | 47.200 € | 42.900 € |
| Fincas rústicas e inmuebles especiales | 14.450 €/miembro | 13.130 €/miembro |
| Rendimientos del capital mobiliario + ganancias patrimoniales | 1.900 € | 1.700 € |
| Ingresos de actividades económicas | 172.000 € | 155.500 € |
Los valores catastrales de inmuebles con revisión catastral en determinados años se multiplican por coeficientes correctores (ver tabla completa en el BOE). Para inmuebles en Navarra, el valor catastral se multiplica en todo caso por 0,50.
Deducciones sobre la renta familiar (Artículo 10)
- 50% de los ingresos de miembros computables distintos de los sustentadores principales.
- 525 € por hermano/a en familias numerosas de categoría general; 800 € en categoría especial.
- 1.811 € por discapacidad reconocida ≥ 33%; 2.881 € si ≥ 65%.
- 1.176 € por hermano/a menor de 25 años que curse estudios universitarios fuera del domicilio familiar (cuando sean dos o más estudiantes en esa situación).
- 20% de la renta familiar en caso de orfandad absoluta del solicitante menor de 25 años.
- 500 € por pertenecer a familia monoparental.
Requisitos académicos principales
Enseñanzas universitarias de Grado
- 1.er curso: nota de acceso mínima de 5,00 puntos (PAU u otra vía).
- 2.º y posteriores cursos: porcentaje mínimo de créditos aprobados según rama de conocimiento:
| Rama | % créditos a superar |
|---|---|
| Artes y Humanidades | 90% |
| Ciencias Sociales y Jurídicas | 90% |
| Ciencias de la Salud | 80% |
| Ciencias | 65% |
| Enseñanzas Técnicas | 65% |
- Matrícula mínima: 60 créditos (matrícula completa).
Máster universitario
- 1.er curso: nota media mínima de 5,00 en los estudios de acceso (coeficiente corrector 1,17 para Arquitectura e Ingeniería).
- 2.º curso: superar la totalidad de créditos de 1.er curso con nota media ≥ 5,00.
Plazo de solicitud
El plazo de solicitud de la convocatoria 2026-2027 estuvo abierto del 7 de abril a las 8:00 h al 18 de mayo a las 15:00 h. La solicitud se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en becaseducacion.gob.es.
Novedades más importantes respecto al curso anterior
- Matrícula parcial universitaria (48-59 créditos): nueva posibilidad de obtener 350 € de renta y 350 € de residencia además de beca de matrícula y cuantía variable mínima.
- Patrimonio: subida del 10% en todos los umbrales de patrimonio, lo que permite acceder a la beca a familias con pequeños ahorros o bienes inmuebles que antes quedaban excluidas.
- Discapacidad: se facilita la reducción de carga lectiva para personas con discapacidad de entre el 25% y el 64%, complementando la medida ya existente para discapacidad ≥ 65%.
- Renta de referencia: se computa el ejercicio 2025 (frente al 2024 del curso anterior).
- Presupuesto: 2.559 millones de euros, incremento del 0,5% respecto al curso 2025-2026.
Fuente oficial
Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo (referencia BOE-A-2026-5713), publicado en el BOE núm. 63 de 12 de marzo de 2026, páginas 37364 a 37386. Disponible en boe.es.
Qué hacer si te deniegan la beca o no estás de acuerdo con las cuantías
Si la resolución no es la que esperabas, tienes tres vías de reclamación según en qué momento te encuentres del proceso.
1. Alegaciones (resolución provisional)
Se presentan cuando recibes una resolución provisional negativa, antes de que sea definitiva.
Plazo: normalmente 10 días hábiles desde el día siguiente a que consultes o descargues la notificación en la sede electrónica. Si no la consultas, pasados 10 días naturales queda como «caducada» y el plazo empieza a contar desde ese momento.
Cómo: lee la notificación — te indicará si debes rellenar el impreso de «Alegaciones» en la web del Ministerio y presentarlo en tu Unidad de Becas, o si debes entrar de nuevo en tu solicitud en la sede electrónica. Adjunta siempre documentación que justifique el error (datos académicos, certificado de la AEAT, etc.). Puedes consultar los datos de tu expediente en «Mis expedientes» de la sede electrónica.
2. Recurso de reposición (resolución definitiva)
Una vez publicada la resolución definitiva con los listados oficiales.
Plazo: 1 mes desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva.
Cómo: rellena el impreso «Recurso de reposición» disponible en la web del Ministerio y preséntalo en tu Unidad de Becas con documentación justificativa. La Unidad lo remite al Ministerio para revisión.
3. Recurso contencioso-administrativo
Vía judicial si el recurso de reposición es desestimado.
Plazo: 2 meses desde la notificación de la desestimación del recurso de reposición (o desde la resolución definitiva si no presentaste reposición).
Ten en cuenta: requiere abogado y procurador, y conlleva costes. Es la última vía disponible.
Consejos prácticos antes de reclamar
- Revisa tus datos en «Mis expedientes» de la sede electrónica — muchos errores se detectan ahí.
- Comprueba que tu solicitud no se quedó en estado «Borrador».
- Verifica que se está aplicando el ejercicio fiscal correcto (2025 para la convocatoria 2026-2027).
- Si la denegación es por patrimonio, revisa si algún inmueble tiene un valor catastral incorrecto.
- Contacta primero con tu Unidad de Becas: muchos casos se resuelven sin recurso formal.
Contacto oficial: becaseducacion.gob.es/contacto.html